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Los bancos deberán asumir a partir de este sábado el impuesto que se abona al elevar las hipotecas a escritura pública, pero no tendrán que hacerlo cuando concedan los créditos a determinadas entidades e instituciones, como el Estado o la Iglesia, que ya estaban exentas cuando este tributo lo pagaban los clientes.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este viernes el real decreto ley aprobado el jueves por el Consejo de Ministros para modificar las leyes que regulan el impuesto sobre actos jurídicos documentados y el impuesto de sociedades. El texto, que impide a los bancos desgravarse el gravamen de las hipotecas del Impuesto de Sociedades, entra en vigor este sábado pero deberá ser convalidado en el Congreso.